Razones de la condena del padre de Isabel Amor

Razones de la condena del padre de Isabel Amor

La salida de Isabel Amor de su puesto como directora regional del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (Sernameg) de Los Ríos, a solo 48 horas de haber sido nombrada, ha generado más que polémica.

Según ha comunicado el gobierno, la decisión se tomó debido a la pérdida de confianza en ella. Sin embargo, se rumora que en un borrador de una entrevista, la entonces autoridad minimizó los hechos por los cuales su padre había sido condenado, lo que provocó la molestia y la eventual decisión de removerla. Isabel Amor, por su parte, argumentó que su desvinculación se debía únicamente a ser hija de Manuel Amor Lillo, médico sentenciado como cómplice de violaciones de derechos humanos durante la dictadura.

Isabel Amor denuncia “motivaciones políticas” tras su despido del SernamEG y anuncia medidas legales

En conversación con 24 Horas, Isabel Amor expresó que había “motivaciones políticas” detrás de su destitución. También afirmó ser víctima de una “grotesca violación a mis derechos humanos”. Ella sostiene que la verdadera razón de su salida está relacionada con la condena de su padre.

Amor Lillo, un médico cirujano, fue encargado en 1973 del Hospital de Campaña que operaba en el Estadio Nacional, un lugar usado como centro de detención y tortura tras el Golpe de Estado.

Por su rol en dicho centro, y según fallos de la Corte de Apelaciones de Santiago y la Corte Suprema, se le vinculó con el secuestro de Luis Corvalán Castillo, hijo del exsecretario general del Partido Comunista Luis Corvalán Lepe y miembro de las Juventudes Comunistas.

Se determinó que tanto Amor Lillo como el médico Ricardo Sepúlveda Díaz “no podían ignorar la detención de personas en ese lugar ni la aplicación de torturas, dados sus roles”. Por estos hechos, Amor Lillo fue condenado por la Corte Suprema como cómplice del secuestro calificado de Corvalán.

La justificación del tribunal

A pesar de que la defensa de Manuel Amor Lillo recurrió de casación ante la Corte Suprema, esta desestimó el recurso y ratificó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago.

En las argumentaciones presentadas, se detalló que Manuel Amor Lillo estuvo presente en el recinto de Ñuñoa, donde cumplía turnos en el Hospital de Campaña instalado en el sector del velódromo.

El testigo Fernando Daguerressar Franzani, quien describió que del velódromo a veces se escuchaban sonidos de ráfagas de tiros y se sabía que un gran número de personas detenidas llegaban en buses al Estadio Nacional.

Quizás también te interese:  Boric solicita a ministro Pardow evaluar contrato con Enel

Se concluyó que los antecedentes disponibles permitían “presumir razonablemente, conforme al artículo 488 del Código de Procedimiento Penal, que (Amor Lillo) sabía que en ese lugar había muchas personas detenidas ilegalmente y que se les aplicaban tratos inhumanos en la época en que Corvalán Castillo estaba cautivo ilegalmente”.

“Su participación en los hechos se considera en grado de cómplice según el artículo 16 del Código Penal, ya que al desempeñarse como médico en el velódromo, lugar señalado como sitio de aplicación de torturas, facilitó y cooperó en la ejecución de los mismos mediante actos simultáneos”, añade la resolución.

La pérdida de confianza

Quizás también te interese:  Sistema frontal causa apagón con al menos 3 muertos y más de un millón sin electricidad en el país

Fuentes del Ministerio de la Mujer indicaron que la condena de Amor Lillo complejiza tener interpretaciones diversas. Por lo mismo, se cuestionó la “relativización” de los hechos que habría realizado Isabel Amor en una entrevista con la Revista Sábado de El Mercurio, según explicó la ministra Antonia Orellana en una carta enviada al mismo medio.

“Aunque no es usual que autoridades públicas revisen el texto de una entrevista antes de su publicación, esto ocurrió con la entrevista realizada a Isabel Amor. El 30 de julio, ella envió voluntariamente un borrador al equipo nacional de Sernameg”, afirmó la ministra.

En dicho texto, se incluyeron declaraciones sobre delitos de lesa humanidad que, aunque comprensibles desde la perspectiva de una hija, no lo son para una autoridad pública.

“Nuestra sorpresa fue grande al ver la versión editada, publicada el 10 de agosto, una semana después de la decisión de la directora nacional de Sernameg de removerla por pérdida de confianza”, añadió.

Quizás también te interese:  Clientes de Enel recuperarían suministro eléctrico entre martes y miércoles

La ministra enfatizó lo dicho por Sernameg y explicó: “Tal pérdida de confianza se debe no solo a estos comentarios, sino también a varios hechos disonantes con su disposición inicial durante el proceso de selección de Alta Dirección Pública, como se detalló en el oficio dirigido a la comisión de DD.HH. de la Cámara de Diputados”.

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos y para mostrarte publicidad relacionada con sus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad