Proceso para anular una concesión
El capítulo cuarto de la Ley General de Servicios Eléctricos (LGSE) regula cómo se puede anular una concesión otorgada a una empresa distribuidora de electricidad. Según esta normativa, el Presidente de la República tiene la potestad de declarar la caducidad de una concesión si la calidad del servicio no cumple con las “exigencias establecidas” por la ley, a menos que la empresa concesionaria corrija las deficiencias dentro del plazo fijado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
La abogada Daniela González, experta en regulación eléctrica, explica que “la SEC es la encargada de verificar si se cumple la causal de caducidad, pero la decisión final de anular la concesión recae en el Presidente de la República mediante decreto”.
Para complementarlo, la SEC tiene un papel fundamental en la gestión y supervisión del proceso, garantizando que los plazos y condiciones sean claros y justos para todas las partes involucradas. Además, es esencial que las medidas adoptadas respeten el debido proceso y promuevan la transparencia.
Implicancias y Procedimiento
González señala que “aunque la caducidad de concesiones es parte del marco regulatorio existente, debe considerarse como un último recurso debido a las severas consecuencias que acarrea. Por esta razón, el procedimiento debe llevarse a cabo con altos estándares de debido proceso y transparencia”.
Añade además que “no es un proceso rápido y puede estar sujeto a recursos judiciales. Esto quiere decir que puede llevar años, más que meses”.
Es crucial entender que un proceso de esta magnitud no solo implica cuestiones legales y administrativas, sino que también afecta a una amplia gama de actores, desde la empresa concesionaria hasta los usuarios finales del servicio eléctrico.
Disposiciones Adicionales
Además, la legislación estipula en su artículo 43 que, si el Presidente de la República decreta la caducidad de una concesión, “se ordenará la licitación de los bienes asociados a dicha concesión”, la cual debe realizarse en un plazo no mayor a un año.
En este contexto, González destaca que “si se declara la caducidad, una administración provisional del servicio debe ser asignada inmediatamente. Este no es un asunto menor, dado el tamaño de la responsabilidad, la zona de concesión, y la cantidad de clientes involucrados. Luego, los bienes deben ser licitados y el producto de esta licitación, menos los gastos, se devuelve al anterior concesionario. En esencia, no es que los bienes pasen al Estado, sino más bien que se debe buscar un nuevo concesionario, lo cual representa una venta obligada”.
Opiniones de Expertos
Eugenio Evans, abogado y socio del Grupo Evans, profesor de Derecho en la UC, apoya esta visión. “Afortunadamente, la ley no contempla que los activos pasen a ser gestionados por el Estado. Por eso, no se puede hablar de expropiación, ya que el producto de la licitación se entrega al dueño de la empresa afectada por la caducidad, descontando los gastos y deudas garantizadas con prendas, hipotecas, etc.”, menciona.
Aparte de los aspectos legales, Evans subraya que la decisión de anular una concesión debe ser considerada cuidadosamente debido a sus implicancias jurídicas y económicas. El objetivo siempre debe ser la búsqueda de un equilibrio justo entre los intereses de la empresa concesionaria y el bienestar de la ciudadanía.
Desafíos y Consideraciones
González también añade que hay cuestiones más profundas a abordar: “Debemos considerar el papel de la distribución eléctrica en la transición energética, la necesidad de actualizar la regulación existente, y discutir la calidad del servicio que esperamos y a la cual aspiramos como sociedad. Además, es fundamental el papel público en asegurar que las tarifas permitan a las distribuidoras ofrecer un servicio de calidad y en fiscalizar adecuadamente la prestación de estos servicios esenciales para la población”.
Mientras tanto, Rodrigo Castillo, exdirector ejecutivo de Empresas Eléctricas, menciona las dificultades prácticas. “Desde el punto de vista técnico y legal, revisar una concesión eléctrica implica grandes desafíos”, explicó el abogado en una entrevista reciente.
“Coincido en que, desde el punto de vista práctico, cancelar la concesión de una compañía eléctrica es extremadamente complicado, no solo debido a las normativas vigentes, sino también por las cuestiones prácticas. ¿Qué se hará con esos activos? ¿Los gestionará la SEC? ¿El Estado? Me parece muy improbable que algo así pueda llevarse a cabo más allá del impacto político y del mensaje de preocupación que esto pueda transmitir”, concluyó.