Marcel explica funcionamiento del préstamo solidario al 2%

Marcel explica funcionamiento del préstamo solidario al 2%

El titular de Hacienda, Mario Marcel, sorprendió este miércoles a quienes siguen atentamente la reforma previsional, al presentar un informe de nueve páginas a los senadores de la Comisión de Trabajo, con varias “propuestas donde hay consenso”, según el documento. Uno de los temas tratados es la distribución distinta del 6% de cotización adicional a cargo del empleador, cambiando la estructura que el gobierno había adoptado previamente.

El nuevo esquema del gobierno mantiene que un 3% se dirigirá a un fondo destinado a la solidaridad, conocido como Fondo de Acumulación, Compensación y Garantía del Seguro Social. De este 3%, solo un 1% será aportado de forma permanente, mientras que el otro 2% será entregado temporalmente por los cotizantes y reembolsado al momento de la jubilación, funcionando como un préstamo aunque el informe no lo denomina así.

Adicionalmente, con un aporte fiscal que también irá a este fondo, se financiarán las mejoras en pensiones para los jubilados actuales y futuros en los próximos 20 años, garantizando 0,1 UF por año cotizado, accesible con un mínimo de cinco a diez años cotizados, y hasta un máximo de 30 años.

Esta garantía será temporal, al igual que la cotización del 2%. Lo que sí será permanente es el 1% restante de cotización, destinado a financiar el seguro que compensa las diferencias en la expectativa de vida entre hombres y mujeres.

A pesar del detalle del documento entregado por el gobierno, han surgido preguntas sobre aspectos no especificados, y el ministro Marcel respondió algunas de ellas a Pulso por escrito.

Devolución del 2% y el aporte fiscal

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En cuanto a cómo se financiará la devolución del 2% a los cotizantes al momento de jubilarse, y si se hará con recursos fiscales o del propio fondo integrado, el ministro de Hacienda explica que “será cubierto por el Fondo de Acumulación, Compensación y Garantía (Fondo Integrado), alimentado por Aportes Reembolsables, un Aporte Fiscal anual preestablecido, la cotización al Seguro Social permanente del 1%, y el rendimiento financiero de todos estos recursos. La naturaleza jurídica y contable de este fondo será similar a la del Fondo de Cesantía”.

Marcel aclara que “la devolución no se hará con recursos fiscales, sino con los del Fondo. El compromiso fiscal se reflejará en los aportes anuales al Fondo, establecidos por ley y dentro de lo ya comprometido para la reforma previsional. Estos aportes se reflejarán como gasto en las cuentas fiscales anualmente”.

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El gobierno también detalló este aporte del Estado al Fondo. La propuesta establece que no se incrementará la cobertura de la Pensión Garantizada Universal (PGU) del 90% al 100% de la población, como sugería inicialmente la reforma previsional, sino que se mantendrá el requisito de focalización. La idea, según el informe, es reasignar los recursos originalmente previstos para hacer la PGU universal.

Este financiamiento, o al menos parte de él, se destinará al Fondo para, junto con las cotizaciones, ayudar a financiar la garantía temporal de 0,1 UF por año cotizado para los jubilados actuales.

Según el documento presentado por Marcel a los senadores, el aporte fiscal a este fondo será “predeterminado en función de las necesidades de suficiencia y sostenibilidad del Fondo, sin exceder los recursos liberados por mantener la cobertura del PGU en un 90% y el financiamiento de la gestión de fondos mediante una comisión a cargo del trabajador”.

¿Cuenta nocional?

Algunos expertos de Chile Vamos han señalado que esta propuesta se asemeja a una cuenta nocional. Sin embargo, Marcel explicó por qué esto no es así en su respuesta a Pulso. Antes de su explicación, es importante detallar la propuesta del gobierno: el documento indica que con el 2% cotizado por cada trabajador, el fondo emitirá “un instrumento financiero endosable, similar a los bonos de reconocimiento, que se depositará en el Depósito Central de Valores (DCV)”. Este instrumento será “redimible” al momento de la jubilación del cotizante, devolviendo las sumas aportadas en cuotas mensuales durante 20 años, más un interés definido por ley entre 2% y 3%.

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El 2% será cotizado de forma completa durante 20 años, y luego este aporte se reducirá gradualmente, dirigiéndose a las cuentas individuales de los participantes. Marcel confirmó que después de ese periodo, el 2% se destinará a las cuentas individuales. “A partir del año 20 el aporte comenzará a reducirse gradualmente, pasando a ser aporte a las cuentas individuales, igual que el 3%”, explicó Marcel.

Sobre por qué esto no es una cuenta nocional, Marcel argumentó que “una cuenta nocional está respaldada por un registro contable que refleja un derecho del afiliado a exigir su realización al retirarse. En este caso, existe un Fondo que acumula los activos necesarios para cumplir con la obligación del sistema hacia el afiliado. Además, a diferencia del esquema de cuentas nocionales del proyecto original, este será un mecanismo temporal en lugar de permanente”.

Así, en esta fórmula no solo existe un registro contable, sino que también se emitirá un instrumento basado en los aportes del 2%, que se depositará en el DCV y será pagadero en cuotas al jubilarse los cotizantes. En paralelo, el fondo usará esos recursos para mejorar las pensiones de los jubilados actuales, y junto con los aportes del Estado al fondo, se financiarán las devoluciones del 2%.

Respecto a cómo debería operar el aporte del 2%, Matías Acevedo, exdirector de Presupuestos en el segundo gobierno de Sebastián Piñera, opinó que “para que esto sea viable, el aporte debe siempre mantener el principio de la propiedad de las cotizaciones de los trabajadores. Esta fórmula no debe ser diferente a las inversiones que hacen las AFP en instrumentos de deuda. Un instrumento de deuda tiene un monto definido, un plazo y una tasa de interés”.

Consultado sobre la diferencia entre esta fórmula y una cuenta nocional, Acevedo argumentó que “hay un abismo entre la cuenta nocional y un instrumento de deuda pública. La cuenta nocional es un registro de una cuenta ficticia con una rentabilidad ficticia menor a la efectiva, determinada por el Estado. Un instrumento de deuda es un título ejecutivo a nombre del afiliado, con plazo y tasa de interés de mercado, y endosable. Cuando la rentabilidad de las inversiones nocionales es menor a la esperada, se ajusta a la baja el retorno de la cuenta ficticia, lo que no ocurre con un instrumento de deuda”.

Acevedo añadió que “estos recursos (el 2%) deben ser invertidos desde la cuenta individual en el instrumento de deuda y registrados como cualquier otra inversión realizada por las administradoras con bonos corporativos, de instituciones financieras o soberanos, locales e internacionales, sin excepciones. De lo contrario, surgirán dudas legítimas entre los expertos sobre la propiedad de la cotización del afiliado”.

El 1% permanente

Con el 1% de aportación permanente al fondo se financiará el seguro que compensa las diferencias de expectativa de vida entre hombres y mujeres, conocido como “bono tabla”. Críticas han surgido de expertos de Chile Vamos, diciendo que según los cálculos de la Dipres en el informe de la mesa técnica, el bono tabla cuesta entre 0,6 y 0,7 puntos porcentuales de cotización. Según argumentan, se estarían destinando más recursos de los necesarios, y algunos calculan que podría tener un costo menor al proyectado.

Al respecto, el ministro Marcel respondió que “el aporte permanente al seguro es del 1%. Este debe ser suficiente para financiar el bono que compensa en la pensión de las mujeres el diferencial generado por su mayor expectativa de vida respecto a los hombres (bono tabla). El costo de este beneficio depende de la magnitud de la compensación y debe considerar el cambio en las decisiones de retiro de las mujeres. No deben sobrar ni faltar fondos”.

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